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24 de septiembre de 2010

La impunidad de destinar 40% del presupuesto 2011 al pago de 'deuda' (II)

La deuda argentina y el fallo del año 2000
Por: Alejandro Olmos Gaona
Cuando después de 18 años de moroso trámite el Juez en lo Criminal y Correccional Federal, Jorge Ballestero, emitió su sentencia, estableciendo que la deuda contraída durante la dictadura militar era mayoritariamente ilegal y que en las operaciones se había contado con la complicidad del FMI, se “olvidó” por decirlo de alguna manera, de decretar la nulidad absoluta de aquellos actos ilegales, tal como lo determina el artículo 1047 del Código Civil de la Nación. Además de ello tanto la legislación civil como el derecho administrativo contemplan que los actos ilegales e ilícitos son nulos de nulidad absoluta así como todas sus consecuencias.

A los efectos de obviar esa significativa omisión un grupo de calificados profesionales del derecho y la ciencia económica integrado por el Embajador Miguel Ángel Espeche Gil, los Dres. Julio González, Néstor Forero y Graciela González, y el Lic. Héctor Giuliano, se presentaron al Juzgado Federal Nº 2 donde tramitó la referida causa, actualmente en forma interina a cargo del Dr. Eduardo Martínez de Giorgi, para solicitar se decretara la nulidad de los por lo menos 477 actos ilícitos decretados en la sentencia del año 2000. Cabe apuntar que las referidas personas, fueron designadas por el referido Juez para integrar un grupo de trabajo que apoyara las investigaciones llevadas a cabo en sede judicial, junto con el Dr. Omar Miliano, actual funcionario del Banco Central de la República Argentina.
Como respuesta a la petición, que se encontraba extremadamente fundada en la legislación y en la doctrina, el Juez Martínez de Giorgi destituyó a los presentantes, y no se expidió sobre la presentación efectuada.
Sin tener conocimiento de esta resolución, los diputados Fernando Pino Solanas, Alcira Argumedo, Liliana Parada, Jorge Cardelli, Cecilia Merchán, Claudio Lozano y Victoria Donda se presentaron al tribunal haciendo suya esa petición, y solicitaron una audiencia al Juez , en razón de que en la Cámara de Diputados se había emitido dictamen para la creación de una Comisión Investigadora de la deuda pública desde 1976 hasta el último canje efectuado recientemente, sin que hasta la fecha el Juez se haya expedido sobre el tema.
Indudablemente la reacción del Tribunal es coherente con la actitud que ha venido teniendo la justicia federal sobre la problemática del endeudamiento público desde 1982, cuando mi padre iniciara su denuncia. El trámite duró 18 años, porque a la falta de interés del juzgado de investigar debidamente los hechos, se sumó la irresponsabilidad de los organismos del Estado como el Ministerio de Economía y el Banco Central a los que nunca les interesó colaborar con la investigación. A ello se agrega que en la causa donde se investiga el endeudamiento desde 1983 hasta la culminación del Plan Brady (1994), el tribunal se limitó a acumular pruebas y tomar algunas declaraciones, estando el expediente prácticamente inactivo desde hace años, junto con otra denuncia iniciada por Daniel Marcos y por mi en el año 2006, para que se investigara la deuda hasta el último canje hecho por el Dr. Kirchner en el año 2005. A tales hecho cabe agregar la extrema gravedad de no haber tramitado una causa por infracción a la Ley Penal cambiaria, donde habría más de 21.000 involucrados entre empresas y particulares, que le fuera enviada por el Juzgado en lo Penal Económico Nº 6.
Entre las particularidades con las que se ha manejado ese Juzgado en todas las causas de la deuda, está la de que toda su tramitación fue confiada únicamente a un Secretario Adjunto, el Dr. Juan Carlos Foerster, cuya manifiesta incompetencia en la materia puede observarse a través del examen del seguimiento de las diversas causas, además de la negligencia en la producción de pruebas fundamentales para demostrar la ilicitud de todas las negociaciones posteriores al año 1983. Y resulta extremadamente preocupante ante esta forma de proceder, el riesgo que pueda correr la voluminosa masa probatoria acumulada durante tantos años, que aún precariamente, ha demostrado la fraudulencia de la deuda desde 1976 hasta hoy.
Fuente: http://www.argenpress.info/ 24-09-2010






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