Inversión extranjera directa y Estado de derecho:
Amenazas a la democracia y a la sociedad
Por Pablo Dávalos
La noción de “inversión extranjera directa” se ha convertido en una especie de dispositivo ideológico del capitalismo tardío que encubre sus derivas financieras y especulativas, al mismo tiempo que justifica y otorga un cariz de legitimidad jurídica y política a los procesos de privatización territorial y criminalización social. La inversión extranjera directa y su correlato del Estado de derecho (o Estado social de derecho) son ahora una de las amenazas más importantes en contra de la democracia y la sociedad. Urge, entonces, comprender qué existe detrás de este concepto aparentemente inocuo de “inversión extranjera directa”, y cómo se relaciona con aquel de Estado de derecho, como formas políticas de la dominación en el capitalismo tardío.
(…)La convergencia normativa: criminalización social y seguridad jurídica
Ahora bien, es necesario que los Estados reconozcan ese estatuto especial que tiene el inversionista y que tiene la inversión extranjera. De una u otra forma, los Estados están obligados a articular su legislación interna y sus normas de tal manera que éstas se pongan en función de las necesidades y prerrogativas del inversionista y de la inversión extranjera. Este proceso se denomina convergencia normativa y su expresión mayor está en el reconocimiento que hacen los Estados a la seguridad jurídica para el inversionista y sus inversiones. Los Estados están obligados a reconocer ese estatuto supranacional y por fuera de toda regulación interna que tiene el inversionista y la inversión extranjera.
Cuando un Estado reconoce la seguridad jurídica del inversionista en el ámbito contractual (o Constitucional), se convierte en Estado de derecho. No obstante, la construcción del Estado de derecho tiene su lado numinoso, y hace referencia al hecho de que a medida que los inversionistas ganan espacios de reconocimiento jurídico, la sociedad y los ciudadanos los pierden. La seguridad jurídica implica necesariamente la criminalización social. Se trata de una conclusión lógica porque los inversionistas van a reclamar derechos de propiedad que muchas veces atentan y lesionan incluso a los derechos humanos. Muy rara vez los negocios van de la mano de los derechos humanos. El horizonte de rentabilidad excluye cualquier consideración ética a nombre de la eficiencia mercantil. Cuando la sociedad reclama por los derechos humanos lesionados por la eficiencia mercantil, los inversionistas acuden al expediente de acusar al Estado de falta de garantías jurídicas para la inversión, y en virtud de que las decisiones de los inversionistas implican los niveles de inversión, empleo, consumo, ingresos de toda la sociedad, los gobiernos generalmente dan razón a los inversionistas en contra de la sociedad. De ahí que cualquier situación que amenace a los derechos de propiedad de los inversionistas amerite duras respuestas por parte de los gobiernos que no dudan en poner todo el poder legítimo de la violencia en beneficio exclusivo de los inversionistas y sus inversiones.
Quienes reclaman por sus derechos humanos, sociales y colectivos lesionados por los derechos de propiedad de los inversionistas, generalmente son perseguidos e incluso criminalizados, muchas veces bajo el expediente del terrorismo. Muchos líderes sociales que han defendido sus territorios ancestrales de la depredación y del abuso de los inversionistas extranjeros, sobre todo en el caso de las industrias extractivas, han sido criminalizados por sus respectivos Estados y acusados de sedición y terrorismo. Muchos dirigentes laborales que han confrontado la sobreexplotación de la cual son víctimas, han sido víctimas de secuestros, asesinatos, persecuciones, criminalización por parte de estos inversionistas extranjeros, con la complicidad del Estado de derecho.
La conclusión parece evidente: a mayor seguridad jurídica mayor criminalización social. De esta manera, el Estado de derecho, en realidad, es el Estado de criminalización social. Esto que parece ser tanto una exageración cuanto una antinomia se ejemplifica de manera evidente cuando se recorre el camino de las inversiones extranjeras y se constata que junto a éstas hay una estela de conflictos sociales, represión gubernamental y criminalización social: de los femicidios de Ciudad Juárez a la sobreexplotación laboral en las fábricas chinas media la presencia del inversionista y la inversión extranjera como factótum de su propia violencia. Empero, el Estado de derecho es más peligroso aún para los derechos humanos, sociales y colectivos, porque abre un espacio transnacionalizado de coerción hecho en función específica de los derechos de propiedad y legitimado por fuera del Estado. Los inversionistas han construido un locus de soberanía jurídica que rebasa la soberanía política de los Estados y, en tal virtud, pueden ejercer la capacidad coercitiva que permite el derecho y las leyes en beneficio propio y sin ninguna consideración social ni ética. Los acuerdos que se discuten en la OMC a propósito de los derechos de propiedad intelectual (Anti-Counterfeiting Trade Agreement, ACTA por sus siglas en inglés), les otorgan a los inversionistas una capacidad coercitiva a nivel internacional y un peso jurídico que no tiene ni siquiera la Corte Penal Internacional. El Acuerdo ACTA, de suscribirse tal cual lo está discutiendo la OMC, le da la posibilidad al inversionista de revisar y controlar el comercio mundial, sin la necesidad de permisos estatales y bajo la cobertura de luchar contra la falsificación de los derechos de propiedad intelectual. Pero no solo les da el control sobre el comercio mundial sino también capacidades coercitivas que generalmente son prerrogativas de los Estados-nación. (...) Leer
bueno, esa es la idea del estado de derecho, al que se suma el cantante fito paez cuando sostiene que ¨esta es la libertad¨
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