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19 de diciembre de 2013

La reforma y unificación del Código Civil y Comercial prueba que la seguridad jurídica del poder económico imperialista se consolida avasallando los derechos humanos abajo.

Y nos siguen pegando abajo: Algunas líneas para pensar la reforma y unificación del código civil y comercial.

En la madrugada del jueves 28 de Noviembre, el Senado de la Nación trato la reforma y unificación del Código Civil y Comercial, dándole media sanción al proyecto del oficialismo. De este modo se prendió una luz de alarma frente a los derechos de lxs de abajo. 

Por Colectivo de Abogadxs Populares La Ciega
El proyecto en cuestión recorrió el siguiente camino: fue redactado por una comisión integrada por lxs Ministrxs de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Luis Lorenzetti, (que la presidia), Elena Highton de Nolasco, y la profesora Aída Kemelmajer de Carlucci. Luego, una comisión liderada por Alak (Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación) revisó el texto y le introdujo modificaciones. Esta nueva versión fue enviada al Congreso. Una vez allí se creó la Comisión Bicameral para que trate el tema. La mayoría oficialista que integra esta comisión realizó 180 modificaciones al proyecto que se le remitiera. Es esta versión la que obtuvo la media sanción en el senado.
A pesar de que en un principio se prometió que el proyecto iba a tener una construcción participativa y democrática, terminó siendo impuesto, luego de idas y vueltas, con un contenido de corte neoliberal que, si bien cuenta con avances en materia de derecho de familia, beneficia a los sectores de altos ingresos de la sociedad, y que descuida y desprotege los derechos de la clase trabajadora.

El derecho privado, regulado por los códigos civil y comercial, es de una importancia fundamental, ya que regula cuestiones de la vida privada de lxs individuxs (como los derechos personalisimos y el derecho de familia) y cuestiones que hacen a la vida económica del país (contratos, sociedades, bienes, quiebras, etc.). Esta rama del derecho está caracterizada por provenir de una matriz individualista y liberal que, si bien tuvo diversas modificaciones a lo largo de los años, se contrapone a las necesidades sociales de los sectores menos favorecidos de la sociedad. Es por ello que es necesario actualizar la normativa para otorgar herramientas que garanticen mejores condiciones de vida a estos sectores y los proteja frente a los más poderosos.

Ante la necesidad de darle un contenido social al proyecto de código civil y comercial, nos encontramos con que poco se ha hecho en este sentido y con que mucho ha sido el peso de los sectores más conservadores de la sociedad y el de los grandes intereses económicos. Esto se demuestra con las modificaciones al anteproyecto realizadas a pedido de la iglesia y por la marcada mercantilización de las relaciones civiles, tendiente a generar un marco de mayor seguridad jurídica para los negocios en lugar de dar privilegio a las necesidades de la persona humana en su aspecto social, económico y cultural. De esta manera, se refleja una línea continuidad con los intentos de unificación de la década del 90.

El proyecto contiene disposiciones preocupantes en numerosos aspectos, siendo especialmente graves la regulación de los contratos y las sociedades en perjuicio de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, la regulación de los derechos de las comunidades indígenas, de la responsabilidad del Estado, la prórroga de jurisdicción, las locaciones, los servicios públicos, el derecho al agua, el derecho de consumidores y usuarios, etc. Sin perjuicio de ello, señalaremos solo algunos ejemplos concretos.

 

Comienzo de la existencia de la persona humana

Con respecto al artículo 19, que habla del comienzo de la existencia de la persona humana, la redacción final resultó producto de una modificación introducida por la mayoría oficialista de la comisión bicameral, constituyendo una regresión y una clara concesión a las presiones y exigencias de los sectores más conservadores de la iglesia católica que pretenden que todo se considere persona (recordemos aquí que incluso están en contra del a utilización de métodos anticonceptivos). Vale describir con detalle, ya que hay mucha confusión al respecto: el código civil vigente en la actualidad considera que comienza la existencia de la persona desde la concepción en el seno materno; en todo el proceso de reforma, y ante los posicionamientos públicos del ejecutivo nacional, no había elementos que llevaran a pensar que hubiese posibilidades de una modificación progresiva de la norma en cuestión. De todas maneras, entendemos que esa afirmación no obsta la posibilidad de legalización de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), ya que el Código civil regula los derechos, obligaciones y las relaciones entre particulares, mientras que cuando hablamos del Código Penal y de la salud pública, estamos en el ámbito del derecho público. Es decir, ni ante las disposiciones del código actual ni ante las del proyecto, concedemos que las disposiciones de un código civil sobre qué es persona obsten al reconocimiento del derecho a la IVE.

La propuesta de reforma elaborada por la comisión presidida por Lorenzetti, mantenía la misma formulación del código actual, pero en relación a las técnicas de reproducción asistida afirmaba que se considera persona desde que el embrión es implantado en la mujer, sin embargo la mayoría oficialista de la comisión bicameral quitó esta aclaración y fue por mas: también suprimió la afirmación “en el seno materno” quedando el artículo en cuestión redactado del siguiente modo: “La existencia de la persona humana comienza con la concepción”, así se habilitan interpretaciones que sostengan, por ejemplo, que los embriones no implantados también son personas (posición sostenida por la iglesia católica). Recordemos aquí que las leyes son aplicadas por lxs jueces y juezas, la gran mayoría católicxs y patriarcales.

De la mano con esto en el proyecto aprobado se mantiene (al igual que en el Código actual) a la iglesia católica como persona pública. Lo cual coloca al culto católico en un lugar preferencial en relación a los otros cultos, le otorga un estatus excepcional comparable al Estado, le da la posibilidad a que sus bienes sean inembargables y mantiene la intensa relación entre el estado argentino y la iglesia católica.

 

Función social de la propiedad

Otro aspecto claramente regresivo es la supresión a la referencia a la función social de la propiedad. La función social de la propiedad está reconocida en el texto del Código Civil vigente, así ha sido interpretado por la jurisprudencia. En la nota al artículo 2508 se expresa, en punto al contenido social del ejercicio del derecho de dominio, que el mismo existe “en los límites y bajo las condiciones determinadas por la ley, por una consideración esencial a la sociedad: el predominio, para el mayor bien de todos y de cada uno, del interés general y colectivo, sobre el interés individual”.

En una misma línea de pensamiento, los más altos tribunales del país han dispuesto que los derechos reconocidos en la Constitución no son absolutos, suponiendo su relatividad la posibilidad de que se encuentren sujetos a reglamentaciones y limitaciones que permitan, una debida correspondencia entre los iguales derechos de los demás individuos y, a su vez, el cumplimiento de la "funcionalidad social" en orden a un beneficio general.

En el proyecto de código civil y comercial, el kirchnerismo incluyó un artículo al proyecto original que afirmaba: “La propiedad tiene una función social y, en consecuencia, está sometida a las obligaciones que establece la ley con fines de bien común”. Luego, ante presiones de los sectores empresarios, este concepto fue eliminado del dictamen mayoritario de la Comision bicameral. Esta supresión es una clara regresión, ya que la inclusión expresa de la función social de la propiedad era acorde con lo establecido por los pactos y tratados de derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional. Y, como dijimos, siempre es preferible que se contengan expresamente estas cuestiones, y no dejarlo librado a la interpretación judicial.

Es así como queda evidenciada la matriz del proyecto de Código, que omite el reconocimiento expreso de derechos que impactan favorablemente en los sectores medios y bajos de la sociedad, y regula y legisla profundamente sobre formas jurídicas relacionadas con problemáticas y modos de vida de la burguesía (clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos, etc.).

 

Responsabilidad del Estado

Otra supresión regresiva tuvo como objeto los artículos que versaban sobre la responsabilidad del Estado. La intervención del ministro Alak, excluyó directa y explícitamente el tratamiento de la responsabilidad civil del Estado en el nuevo Código, estableciéndose que las cuestiones como la responsabilidad del Estado Nacional y de sus funcionarios por los hechos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones serán objeto de una ley especial. Así se establece cuando se regula la responsabilidad civil que “las disposiciones de este Título no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria” (art. 1764).

Esta modificación fue mantenida por el dictamen mayoritario de la comisión bicameral. El mismo día que se dio media sanción al proyecto en el Senado, en la Cámara de diputados se le dio media sanción a una ley sobre responsabilidad civil del Estado. En esta ley se establece que las sanciones pecuniarias disuasivas son improcedentes contra el Estado, sus agentes y funcionarios. Esto es por demás cuestionable. Asimismo es importante destacar que el código civil es una ley de fondo que se debe aplicar en todo el territorio nacional, mientras que la ley de responsabilidad sancionada sólo abarca al ámbito del Estado nacional. Las provincias y la CABA pueden adherir a la misma, o dictar sus propias leyes, se complejiza pensar qué legislación se aplicará si no lo hacen ante la expresa exclusión de la aplicación de las normas del Código civil y comercial.

Con esta modificación del proyecto, se estaría discriminando a los trabajadorxs del Estado, ya que ante un accidente o una enfermedad laboral, que le ocasione un daño indemnizable, solo podrán recurrir a las prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, y no tendrán la opción, como los restantes trabajadorxs, de optar por una reparación integral en los términos de las normas del Código Civil.

 

Irresponsabilidad empresaria

El proyecto contiene numerosas normas referidas al funcionamiento de las empresas y sus relaciones con terceros, caracterizándose por la inclusión de diferentes figuras funcionales a la irresponsabilidad empresaria, perjudicando principalmente a los integrantes de la clase obrera, como consumidores y usuarios de dichas empresas y muy especialmente como trabajadorxs.
El proyecto incluye diferentes contratos, otorgando herramientas tendientes a favorecer la externalización y la descentralización productiva, regulando distintas modalidades de relacionamiento y subordinación entre empresas y permitiendo el control entre ellas. Por ejemplo, tenemos la regulación de las UTE (Uniones Transitorias de Empresas) que dispone en el art. 1467 que no se presume la responsabilidad solidaria de los socios por los actos y operaciones que realicen en la UTE, ni por las obligaciones que contraigan frente a terceros, siendo necesario un pacto expreso en tal sentido. Así se pone en riesgo el crédito de lxs trabajadorxs, que pasará a contar como garantía solo a los activos de la empresa que los haya contratado, desactivándose la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que atribuye responsabilidad solidaria a las empresas integrantes de una UTE por incumplimiento de una de ellas para con su empleadx. En los consorcios de cooperación sucede algo parecido, posibilitando a los socios establecer la proporción en que cada miembro responde por las obligaciones asumidas en nombre del consorcio (art. 1477).
También se regulan situaciones de control externo de hecho entre las empresas, es decir, cuando la actividad principal de la controlada queda supeditada a las decisiones de la controlante, recibiendo aquella toda la actividad vital de esta. Los casos más comunes de este tipo de control fueron regulados en el proyecto, por ejemplo los contratos de agencia, concesión, distribución, suministro y franquicia. Estos contratos pueden ser utilizados para lograr la irresponsabilidad de la empresa controlante, como podrá suceder en el art. 1520, que establece que “los dependientes del franquiciado no tienen relación jurídica laboral con el franquiciante, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre fraude laboral”. De esta manera, frente a la insolvencia del franquiciado, por ejemplo, los acreedores laborales no tendrán ningún tipo de acción contra el franquiciante para perseguir el cobro de sus créditos.

Otra vía útil para burlar las normas de orden público laboral y de la seguridad social que se encuentra en el proyecto es la incorporación en la Ley de Sociedades Comerciales de la sociedad anónima unipersonal. Este tipo asociativo que desde el vamos constituye un absurdo al no existir asociación entre personas, encubre el propósito de permitir que se constituyan patrimonios de afectación que liberen de obligaciones a los instituyentes del mismo, lo que puede servir para desactivar la plena efectividad de la legislación social.

Otra figura polémica que se regula es la del fideicomiso, el cual viene usándose para llevar a cabo maniobras económicas que dejan a los trabajadores sin interlocutor válido en cuanto a la protección sus derechos cuando de la actividad fideicomisada resultan daños. Grandes emprendimientos a la hora de responder ante lxs trabajadorxs, son imposibles de responsabilizar por su propio accionar, tanto lícito, como ilícito, ya que el fideicomiso implica la constitución de un patrimonio separado de los patrimonios de los sujetos del contrato (fiduciario, fiduciante, beneficiario y fideicomisario).

Con estas disposiciones que permiten limitar la responsabilidad empresaria, se deja de lado la realidad de las relaciones de trabajo, en la cual el poder con que cuenta el empresario, solo puede ser compensado con su responsabilidad ilimitada frente a los derechos de lxs trabajadorxs, por lo que todas las instituciones incluidas en el proyecto deberían al menos imponer la responsabilidad ilimitada frente a este tipo de deudas.

Otras disposiciones, a su vez, permiten encubrir relaciones de trabajo, como el caso del art. 774 que indica que “La prestación de un servicio puede consistir: a) en realizar cierta actividad, con la diligencia apropiada, independientemente de su éxito. Las cláusulas que comprometen a los buenos oficios, o a aplicar los mejores esfuerzos están comprendidas en este inciso...”. Frente a la imprecisión al regular este tipo de contratación, pareciera que se olvidan del amplio uso de los contratos de locación de servicio y de obra para encubrir relaciones laborales, principalmente en el Estado. Esta posibilidad de encubrir relaciones laborales también se ve en el contrato de agencia, el cual presenta grandes puntos en contacto con la actividad que en nuestro país llevan adelante los viajantes de comercio y los agentes de propaganda médica, entre otros, posibilitando la deslaboralización y desprotección de un número significativo de trabajadorxs.

Además de beneficiarse con la regulación de las diferentes figuras contractuales y asociativas mencionadas, los empresarios se verán favorecidos en diferentes aspectos con el régimen general de responsabilidad civil que se pretende establecer, especialmente ante los accidentes de trabajo.
De esta manera se incorporan nuevos retrocesos a la regulación de accidentes de trabajo, como si hubieran sido pocos los productos de la ley 26.773 de 2012. Por ejemplo, se elimina la aplicación del deber de seguridad y garantía de indemnidad en el contrato de locación de servicios, como es posible en la actualidad (art 1870, inc. 4º, arts. 1953 y 1954), por lo que no podrá invocarse para el caso de accidentes de trabajo.
En lo que hace a la indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica, se establece en el art. 1746 que “en caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital, de tal modo que sus rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas o económicamente valorables, y que se agote al término del plazo en que razonablemente pudo continuar realizando tales actividades”. Esta disposición, que obviamente no solo perjudica a los trabajadores, termina considerando que la vida humana no tiene un valor económico por si mismo sino en función de lo que produce o potencialmente podría producir, resarciendo solamente el lucro cesante, dejando de lado el criterio de reparación integral, impuesto constitucionalmente y reconocido en la jurisprudencia sobre daños en accidentes de trabajo, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Libertad Sindical, Derecho a la Protesta y Responsabilidad por daños a terceros


Otra novedad dentro del proyecto de reforma es la incorporación de la responsabilidad colectiva y anónima, en los arts. 1761 y 1762. En el primer artículo se establece que cuando un daño proviene de un miembro no identificado de un grupo determinado responden solidariamente todos sus integrantes, excepto quien demuestre que no ha contribuido a su producción. En el caso del art. 1762, se establece que “Si un grupo realiza una actividad peligrosa para terceros, todos sus integrantes responden solidariamente por el daño causado por uno o más de sus miembros. Sólo se libera quien demuestra que no integraba el grupo”.

Estas disposiciones son una grave amenaza al ejercicio de los derechos a la protesta y de libertad sindical, de jerarquía constitucional, ya que se pueden aplicar cuando la actividad llevada a cabo por un conjunto de manifestantes reunidos en el marco de una concentración, movilización, piquete o corte de ruta, sea considerada como riesgosa o peligrosa para terceros, pudiendo obligar a cualquiera de esos manifestantes, o a la organización que los nuclea, a reparar esos daños que podrían ocasionarse.

Al no hacerse aclaración alguna en referencia a los derechos colectivos de protesta, denuncia o petición a las autoridades, garantizados constitucionalmente, quedará librado a la discrecionalidad del juez/a la delimitación de la extensión del perjuicio a terceros. Resulta evidente la intención represiva de la norma, que no se contradice con la política legislativa del gobierno si tomamos en cuenta otros antecedentes como la ley antiterrorista.


Agua para vivir

La comisión redactora del Código Civil y Comercial presidida por Lorenzetti propuso la inclusión de un artículo que establecía “Todos los habitantes tienen garantizado el acceso al agua potable para fines vitales.” Este artículo fue eliminado por el Poder Ejecutivo previo a la presentación del proyecto al Congreso, argumentando en que se avanzaría sobre el federalismo, en virtud del dominio de los estados provinciales sobre los recursos naturales (art. 124 de la CN), pero desconociendo la jerarquía de los derechos humanos y no haciéndose cargo de la función indelegable del Estado Nacional de regular sobre derechos fundamentales que hacen a la vida de las personas.
Así es como se está perdiendo de vista que el acceso al agua es un problema cada vez más apremiante. Por ejemplo, según el último censo nacional, 7.760.803 habitantes (21,60%) no tienen acceso al agua potable y 20.654.920 personas (57,50%) no tienen servicio de cloacas. El acceso a fuentes de agua contaminadas o sin garantías de calidad, con contenidos elevados de sustancias nocivas como arsénico, plomo, cromo, etc., las redes de distribución que en muchos centros urbanos son obsoletas y no acompañan el crecimiento demográfico, agravan la situación.

El derecho a un nivel de vida suficiente, reconocido por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), comprende implícitamente el derecho humano al agua, en los términos de la Observación General 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. Dicha Observación, obligatoria para el Estado nacional, establece el contenido normativo del derecho al agua y la obligación de los Estados de ponerlo en vigor sin ningún tipo de discriminación.

El kirchnerismo eliminó el reconocimiento de este derecho del proyecto, pero se garantiza el uso comercial e industrial del agua, especialmente en el art. 239, titulado “Aguas de Los Particulares”, que establece que “las aguas que surgen en los terrenos de los particulares pertenecen a sus dueños, quienes pueden usar libremente de ellas, siempre que no formen cauce natural”, ante lo cual el acceso para los que necesitan el agua para vivir se encuentra en mayor desprotección.

Teniendo en cuenta los conflictos relacionados con la actividad de la megaminería metalífera a cielo abierto, que tiene al agua como principal insumo, puede entenderse la intención del Poder Ejecutivo al eliminar el art. 241 y también realizar recortes en otras disposiciones como en el caso del art. 240, que regula el derecho a reclamar daños de incidencia colectiva. Este artículo, que marca los “límites al ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes”, sufrió mutilaciones y agregados por parte del Poder Ejecutivo respecto al anteproyecto que establecía que el ejercicio de los derechos individuales, “debe ser compatible con los derechos de incidencia colectiva” “en los términos del artículo 14”. Pero el Poder Ejecutivo eliminó su terminación al texto original y luego agregó que el ejercicio de esos derechos individuales “debe conformarse a las normas del derecho administrativo nacional y local dictadas en el interés público”. También se quitó el párrafo que establecía que “los sujetos mencionados en el artículo 14 tienen derecho a que se les suministre información necesaria y a participar en la discusión sobre decisiones relevantes conforme con lo dispuesto en la legislación especial”. De esta manera, se apartó a los ciudadanos particulares de intervenir directamente en las cuestiones ambientales que pueden perjudicarlos. Para disimular la eliminación del artículo 241, al último párrafo del artículo 240 del proyecto original, el Poder Ejecutivo lo transformó en un nuevo artículo 241 referido a la “Jurisdicción” que ahora dice: “Cualquiera sea la jurisdicción en que se ejerzan los derechos, debe respetarse la normativa sobre presupuestos mínimos que resulte aplicable.”

El mencionado art. 14, referido a los “Derechos individuales y de incidencia colectiva”, también fue modificado por el Poder Ejecutivo Eliminando enteramente de él el inciso b) sobre “derechos individuales, que pueden ser ejercidos mediante una acción colectiva, si existe una pluralidad de afectados individuales, con daños comunes pero divisibles o diferenciados, generados por una causa común”, y el inciso “c)” del artículo 14 del anteproyecto, en la parte que decía “el afectado, el Defensor del Pueblo, las asociaciones registradas y otros sujetos que dispongan leyes especiales, tienen legitimación para el ejercicio de derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general”.

Como dijimos con anterioridad: era necesaria una reforma y actualización de los códigos civil y comercial, pero la misma debería hacerse para lograr coherencia y acompasarse con el reconocimiento de los Derechos Humanos, y en particular de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, realizado por numerosa normativa con jerarquía constitucional. Sin embargo las modificaciones y reformas introducidas por el Kirchnerismo, sea por el Ministro Alak como representante del Poder Ejecutivo Nacional, como por la mayoría oficialista de la comisión bicameral, refuerzan la matriz neoliberal, pro empresaria e individualista, en desmedro de los derechos sociales, colectivos, y sobre todo de los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Una vez más: nos siguen pegando abajo.

Colectivo de Abogadxs Populares La Ciega
FB: La Ciega
Correo electrónico: la_ciega@yahoo.com.ar

16 de diciembre de 2013

III. La democracia, durante los 30 años, ha ido reorganizando la Argentina para la imposición del orden o seguridad jurídica del poder económico imperialista a los diversos de abajo.

De los Mártires de Chicago a los petroleros de Las Heras

Por: Andrés Figueroa Cornejo (especial para ARGENPRESS.info)

“Quiero más una libertad peligrosa que una servidumbre tranquila.”
Mariano Moreno

El 12 de diciembre de 2013, alrededor del medio día, cuatro trabajadores petroleros de Las Heras -explotación situada en la provincia de Santa Cruz, en la Patagonia- fueron condenados a cadena perpetua por luchar hace 7 años contra la tercerización y el denominado “impuesto a la ganancia”.
Sí, en Argentina. No en tiranías africanas, ni en las dictaduras que asolaron a Latinoamérica entre los 60 y los 80 de la centuria pasada. Ni en el crimen sempiterno cometido contra los pueblos centroamericanos, ni en Asia dolorosa, ni en Medio Oriente. En Argentina. En la del Papa Francisco I y Messi, en la de Cortázar y las Madres de la Plaza de Mayo; en la de el novel de la Paz, Pérez Esquivel; en la del discurso oficialista con abundante excipiente de ‘titanes de los derechos humanos’. En territorio de Piazzolla y Goyeneche; de Borges y la producción científica contra las cardiopatías; la del psicoanálisis a granel, la antipsiquiatría; de José Hernández de Martín Fierro. El mismo país donde nació Guevara de la Serna; que fue llamado ‘el granero del mundo’; la Argentina, que cobijó a tanto exiliado chileno y uruguayo.
La petrolera Las Heras pertenece a YPF-Repsol. Está en medio de una comunidad de 15 mil habitantes que hace parte de Santa Cruz y cuyo gobernador, Daniel Peralta, es miembro de la coalición oficialista nacional Frente para la Victoria. Hace 7 años los trabajadores de Las Heras se levantaron volcánicamente contra la tercerización del empleo, por el mejoramiento de sus condiciones laborales, y en particular, contra el “impuesto a la ganancia” –u otro modo de arrancar más excedente a los trabajadores, está vez con un disfraz de tributo legalizado-. De hecho, fueron los primeros en plantarse decididamente contra ese impuesto del todo absurdo en su forma, y totalmente gratificante para el Estado subsidiario del capital.

Hace 7 años, y en la tercera semana de los piquetes, la huelga y la resistencia de los trabajadores, fue encarcelado el vocero de los petroleros. Sus compañeros partieron a buscarlo a la alcandía. La policía, ante la pueblada, comenzó con los balazos. En ese contexto, murió en circunstancias jamás aclaradas, un uniformado apellidado Sayazo. Naturalmente, el poder culpó a los trabajadores con el fin de terminar con la huelga e imponer el orden que demanda la explotación humana en la comuna.
Primero fueron detenidos 12 trabajadores. Absolvieron a uno. Sobre las acusaciones por el policía muerto, una de las abogadas del caso, Claudia Ferrero, indicó que “no hay ninguna prueba concreta. Fueron armadas por la Brigada de Investigaciones de Santa Cruz en base a apremios y torturas, aterrorizando a toda la población en esa época y consiguiendo testimonios falsos a través de amenazas y persecuciones”.
Ramón Cortéz, José Rosales, Franco Padilla y Hugo González recibieron, sin más pruebas que las declaraciones arrancadas bajo tortura –donde para evitar los dolores sin nombre, se suele decir lo que el torturador quiere escuchar- el cautiverio ilimitado. Si en Argentina existiera la pena de muerte, se estaría frente a la versión argentina y contemporánea de los Mártires de Chicago, que con sus ejecuciones ominosas inauguraron el Día Internacional de los Trabajadores en 1886. Hace 127 años.
Los demás fueron acusados de ‘coacción agravada’ (también sin pruebas) con condenas de 5 años.

¿Por qué los trabajadores recibieron semejantes condenas?
Porque ante el ajuste estructural y antipopular en curso y que se intensificará en el corto plazo, ejecutado por el gobierno y mandatado por los organismos financieros del imperialismo norteamericano, la clase política toda –salvo los tres diputados del Frente de Izquierda de los Trabajadores, de un total de 250 parlamentarios subordinados al capital- debe con rapidez y brutalidad que no deje cabida a ambigüedades, imponer medidas ejemplares para el conjunto de los asalariados y los oprimidos castigados por la crisis económica. La inversión transnacional exige mansedumbre social, el precio más barato posible del trabajo, garantías y riesgo cero para continuar saqueando los recursos naturales del país. No es suficiente con aranceles inexistentes o puramente simbólicos a las utilidades empresariales de Monsanto, Chevron, Barrick Gold, Bayer, Santander, Itaú, etc. Los pocos dueños de todo –capital nativo transnacionalizado o capital transnacionalizado vestido de nativo-, quieren más. Y los inquilinos de turno de la Rosada tienen que facilitar la realización de esos intereses. De lo contrario, de no ofrecer gobernabilidad suficiente a la reproducción capitalista, calificarían como concesionaria política ineficiente y sustituible.
Porque se trata de petróleo, el recurso energético estratégico de la actual fase capitalista. Los Estados imperialistas, en particular el estadounidense, hacen guerras, matan niños, pulverizan pueblos completos por la apropiación del ‘oro negro’. Y Chevron (ex Texaco) quiero convertirse en exportador de petróleo y gas desde Argentina.
Y, por último, están las recientes motines policiales reclamando reajustes salariales –superiores a los de los trabajadores en general-, en varias provincias, y en algunas de ellas, como Córdoba, segunda provincia Argentina, aliadas con la industria del crimen organizado. Ante ello, y manifestando una debilidad alarmante para todos quienes preferimos aun las democracias burguesas a las tiranías cívico-militares (más allá de que ambas formas ocultan la dictadura del capital), el gobierno, dentro del paquete de concesiones a los uniformados o al cuerpo estatal encargado de cautelar la propiedad privada y cualquier manifestación de descontento de la mayoría oprimida, envía, además de plata, una nueva señal de tranquilidad a la policía, y por extensión obvia (César Milani, Comandante en jefe del Ejército, mediante) al conjunto de las Fuerzas Armadas.

Desde el movimiento popular o mayoría activa, hoy las fuerzas resultan ostensiblemente insuficientes.

Al respecto sólo existe una táctica posible: la unidad acelerada y generosa de todo lo que se mueve y que en su movimiento enfrenta al capital. Manteniendo la independencia de clase de los oprimidos, mucho más allá de los trabajadores organizados; fundiendo tanta bandera incomprensible; colocando los intereses históricos del pueblo siempre por delante de los ideologismos, el caudillismo y los ombligos particulares. Conquistar y recuperar los territorios sociales controlados momentáneamente por la hegemonía de los exponentes políticos del capital y de la usina del crimen. Emplazar y multiplicar las organizaciones sociales en vistas de la acción directa, las primeras pistas de poder popular. Exudar vocación unitaria y convicción de poder. Sin atajos y desarrollando militancia joven, creadora, en disposición de lucha. Se pueden ganar todas las federaciones universitarias y comisiones de delegados sindicales, pero ello, teniendo su importancia, por sí sola no crea fuerza social transformadora e insurrecta.

La estrategia es el poder y la socialización de la vida. La toma de decisiones colectivas de todo un pueblo a la hora de escribir la historia, sin desdeñar ninguna forma de lucha. La estatura de nuestros deberes es proporcional a las medidas del enemigo y de la nueva sociedad post capitalista, que por necesidad histórica, tiene que devenir por voluntad y condiciones objetivas. Ya estamos atrasados. Entonces, sincronía y articulación pronta de la unidad.
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II. La democracia, durante los 30 años, ha ido reorganizando la Argentina para la imposición del orden o seguridad jurídica del poder económico imperialista a los diversos de abajo.

Milani, Chevron, Sbattella
16-07-2013
Por Rolando Astarita

En los últimos días hubo una serie de noticias que son de difícil digestión para los que sostienen que el gobierno K está operando una transformación revolucionaria (“liberación nacional”, “lucha contra los grupos concentrados”, y similares) del país. Noticias que se pueden sintetizar en tres nombres: Milani, Chevron y Sbattella. Dado que este blog lo lee gente que no vive en Argentina (en promedio, el 40% de las visitas diarias son del exterior), sintetizo a qué me refiero.

Milani (o acerca de la naturaleza represiva del Estado)
El general César Milani fue nombrado recientemente jefe del Ejército, por la presidente Cristina Kirchner. Milani está denunciado por haber participado en la represión durante la dictadura militar. Ex presos políticos lo vinculan a la desaparición, en Tucumán, en 1976, del soldado Alberto Ledo, que era su asistente. Milani estaba especializado en inteligencia en el batallón de Ingenieros 141, de la provincia de La Rioja, y fue enviado en comisión a la provincia de Tucumán, entre febrero de 1976 y febrero de 1977. En esa época el Ejército llevaba adelante el Operativo Independencia, contra el Ejército Revolucionario del Pueblo. Ledo, que según testimonios, habría sido simpatizante del ERP, desapareció en Tucumán, a donde había tenido que acompañar a Milani. Su madre, Marcela de Ledo, integra la asociación Madres de Plaza de Mayo de La Rioja. Milani también está mencionado por un ex detenido, Ramón Olivera, en el libro Nunca Más, de la Rioja. Olivera explicó que Milani participó de la detención de su padre, y que luego él mismo estuvo detenido en un centro clandestino. Desde allí fue llevado ante un juez por Milani, quien estuvo presente durante la declaración. Además, Milani está sospechado de haber participado en Inteligencia durante la dictadura militar. Asimismo, está denunciado por participar en el levantamiento de los carapintadas, en los años 80, contra el gobierno de Alfonsín.
Frente a estos datos, Madres de Plaza de Mayo, línea Bonafini, guarda silencio. Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas, dijo que no correspondía pedir el desplazamiento de Milani. El Centro de Estudios Legales y Sociales, a su vez, antes había dicho que no tenía información que pudiera vincular a Milani con la represión. Madres de Plaza de Mayo, Abuelas y el CELS son organismos defensores de derechos humanos oficialistas. El Nunca Máses un material muy conocido, y su legitimidad nunca fue cuestionada por alguno de estos organismos (acerca de los K-criterios para evaluar lo actuado bajo la dictadura, ver aquí).
Pero no se trata sólo de la participación de Milani durante la dictadura, o el alzamiento carapintada. Desde 2007 Milani está a cargo (y hoy retiene esta función) de la Jefatura II de Inteligencia del Estado Mayor. Allí trabó estrecha relación, según todas las informaciones disponibles, con la ministra de Defensa Nilda Garré (quien a su vez está muy cercana al CELS). Recordemos que Nilda Garré ha sido denunciada por su participación en el llamado Proyecto X. Se trata de una unidad de la Gendarmería Nacional, que fue creada para organizar una base de datos de militantes, mediante el espionaje y la infiltración en organizaciones sociales y políticas. Estos datos fueron luego utilizados en juicios contra militantes. Las instrucciones contenidas en el proyecto, elaboradas en 2009, destacan la importancia de vigilar a todos los que pudieran crear “situaciones de alteración del orden público”. Según la abogada Myriam Bregman, defensora de derechos humanos y militante del PTS, el Proyecto X tiene como objetivo la persecución de activistas sociales y políticos. El propio comandante de Gendarmería, Héctor Schenone, reconoció ante la Justicia la existencia del Proyecto. Hoy existe una causa abierta, que está avanzando (según Bregman). A pesar de esto, la presidenta Kirchner acaba de decir que el Proyecto X “es inexistente” (discurso del 9 de julio, en Tucumán). Los organismos de derechos humanos oficialistas, y el progresismo K, no desmintieron a la presidenta. En cualquier caso, existen fuertes elementospara vincular a Milani con un enfoque global de vigilancia y recolección de datos, que luego son utilizados en la persecución judicial de la militancia. El área de Inteligencia del Ejército recibió sustanciales incrementos presupuestarios en los últimos años.
En este análisis debe incorporarse, además, la reforma, de diciembre de 2011, de la Ley Antiterrorista. Esta reforma derogó la figura de “asociación ilícita con fines terroristas”, pero elevó al doble las penas de los delitos que se hubieran cometido con “la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo” (artículo 41). De esta manera se deja abierta la puerta para que manifestaciones o huelgas sean calificadas como actos terroristas, como han manifestado muchas organizaciones sociales o políticas de izquierda. El gobierno se defiende diciendo que la ley establece que no se castigarán las protestas que se hagan en defensa de derechos humanos y sociales. Sin embargo, muchos abogados argumentan que las modificaciones introducidas abren el campo para interpretaciones, y habilitan a la criminalización de la protesta social.
Todo lo anterior debe vincularse también con la decisión del Gobierno de responder al problema de la seguridad poniendo el acento, crecientemente, en la represión y la punición. El enfoque tradicional del progresismo, que hace hincapié en las raíces sociales del problema, pasa ahora a segundo plano. El ministro de Seguridad de la Nación, de hecho, es Sergio Berni, un militar en actividad, que goza del favor de la presidenta. Cristina Kirchner, además, ha acusado a los jueces por ser demasiado suaves en la aplicación de penas. Un discurso que hasta ahora el progresismo K consideraba propio de la derecha. De manera que la designación de Milani, el ocultamiento de su accionar durante la dictadura, o el levantamiento carapintada, debe leerse en esta secuencia de hechos. No es trueno en día sereno.

Chevron (de nuevo, son sólo negocios)
En notas anteriores sostuve que la estatización de YPF no debía interpretarse en clave de “liberación nacional”, sino en términos de negocios entre capitalistas; esto es, negocios sustentados en la apropiación de plusvalía (ver aquí y aquí). En esas notas, y contra el discurso oficialista (“estatización de YPF sinónimo de Patria recuperada”) planteé que se trataba de una renegociación de los términos de la explotación del negocio.
Pues bien, en el día de ayer, 15 de julio, se conoció el decreto que crea el Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos. Según el mismo, están alcanzadas por este régimen las empresas que inviertan 1000 millones de dólares, o más. Las que lo hagan, podrán comercializar libremente, luego del quinto año, en el mercado externo el 20% de la producción (resultado de esas inversiones), sin tener que pagar derechos de exportación. Además, en caso de que la producción nacional no alcance a cubrir la demanda, y las exportaciones se destinen a cubrir la demanda interna, el precio no será inferior al precio de exportación, sin retenciones. Las compañías también tendrán derecho prioritario a obtener divisas a través del Mercado Único y Libre de Cambio (aceptemos que es un eufemismo) por hasta el 100% del precio obtenido en el mercado interno.
Naturalmente, se sigue discutiendo si con esto será suficiente para que las empresas inviertan en extracción de petróleo y gas, y hay muchos “detalles” que deberán ser aclarados (por ejemplo, a qué tipo de cambio cotizarán los dólares que entren por inversiones). Sin embargo, lo relevante es que todo esto parece desmentir la tesis-verso de “YPF recuperada, Patria liberada”. El tema aquí no es el patriotismo, sino son los negocios y la rentabilidad. La realidad es que la falta de inversiones provocó una caída, en la última década, del 60% de las reservas de gas y del 20% del petróleo. Desde 2003 la producción de petróleo cayó 30%, y la de gas 20%. Dado que, además, faltó inversión en hidroelectricidad, aumentó el consumo de combustibles, con lo cual se agravó el déficit de la balanza energética (sería de 6000 millones de dólares en 2013). No sé qué cuento contarán ahora aquellos economistas que afirmaban que, principio del acelerador mediante, bastaba con fomentar el consumo para que hubiera inversión (ver la crítica a esta postura aquí y aquí). Lo cierto es que la acumulación de capital -esto es, la reinversión de plusvalía- se rige, como en cualquier país capitalista, por el olor de las ganancias. El acuerdo con Chevron no hace más que ratificarlo. Con respecto a este último, otro dato significativo para la tesis-verso “YPF recuperada, Patria liberada”: en los medios ha trascendido que el acuerdo se pone bajo jurisdicción de tribunales de EEUU.

Sbattella (o el intríngulis de la acumulación de capital)
José Sbattella es el titular de la Unidad Anti Lavado. Según informaciones periodísticas, no desmentidas hasta el momento, Sbattella mantuvo hace poco al menos dos reuniones con funcionarios de cumplimiento de las normas antilavado de dinero, y técnicos bancarios, para pedirles que no informaran las operaciones sospechosas que se hicieran con vistas al blanqueo de capitales que puso en marcha el Gobierno. Aparentemente, los oficiales antilavado y técnicos, así como los responsables bancarios, se negaron al pedido, dado que les podría caber responsabilidad penal por no denunciar estas operaciones.
Ubiquemos esta sed por dinero sucio por parte del Gobierno: en la última década la economía argentina recibió una gigantesca renta, que puede calcularse entre los 120.000 y 150.000 millones de dólares, por la mejora de los términos de intercambio. Pero desde 2005 se fugaron del país más de 80.000 millones de dólares. En varias notas en este blog he planteado que esto configura una gigantesca transferencia de excedente, que es la clave de la acumulación y el desarrollo capitalista. En la última década no hubo un proceso de acumulación estructuralmente sólido, o una transformación cualitativa de la economía argentina, que es tecnológicamente atrasada y dependiente. Y esto no se arregla convocando al lavado de dinero. Solo a un irremediable lumpen burgués se le puede ocurrir semejante “solución”.

Más en general, este año el desempleo aumentó al 7,9%; otro 8% de la población económicamente activa está subocupada. En total, 2,7 millones de personas, el 15,9% de la fuerza laboral, están desempleadas o subocupadas. El 35% de los trabajadores está en la informalidad. La mitad de los asalariados gana menos de $3500 por mes. Entre un 20 y un 27% de la población (según los cálculos no INDEC), está en la pobreza. Y gracias a la no actualización del impuesto a las ganancias, ha desaparecido una parte significativa del aguinaldo (entre el 45% y 80%) para el 35% de los asalariados. Las respuestas por parte del gobierno a esta realidad se llaman Milani, Chevron, Sbattella. Tienen un sentido, y son expresiones de un contenido esencial. Por supuesto, también está el relato para construir una gesta heroica (“revolución, liberación”) con el pasado de Milani, con el Proyecto X o con el lavado de dinero. Es que nunca deberíamos olvidar que el lumpen burgués parece no tener límites.


9 de diciembre de 2013

I. La democracia, durante los 30 años, ha ido reorganizando la Argentina para la imposición del orden o seguridad jurídica del poder económico imperialista a los diversos de abajo.

Milani: la “integración” del Ejército a cambio de impunidad
25 julio, 2013

Por Gabriel Solano

El derrumbe de los “derechos humanos” oficiales
A esta altura, es claro que la crisis política producida con la designación de César Milani como jefe del Ejército no puede atribuirse exclusivamente al pasado oscuro de quien fuera, durante décadas, un cuadro del servicio de inteligencia de las Fuerzas Armadas. Esas acusaciones ya habían sido formuladas desde hace años -entre ellas, su participación en el Operativo Independencia en Tucumán bajo las órdenes de Bussi y su integración al nefasto Batallón 601 de Suárez Mason. Pero, a pesar de ellas, César Milani había logrado obtener la votación favorable del Senado para sus sucesivos ascensos. Es cierto que el último de ellos, en 2010, fue gracias a un ajustado quórum facilitado por Menem, el autor del indulto, que generó un escándalo. Pero esto no le movió un pelo al Cels de Verbitsky, que en aquella oportunidad desacreditó las acusaciones contra Milani.
Era natural que, con estos antecedentes, el oficialismo considerara que el nombramiento de Milani no iba a generar mayores debates. Hasta el domingo pasado, el apoyo de Verbitsky y el Cels se mantenía incólume, como así también el de los organismos de derechos humanos cooptados por el kirchnerismo. Fue necesario que el escándalo tome proporciones para que el Cels pegara un viraje y aconsejara que el pliego del ascenso de Milani sea rechazado. Ya totalmente a la defensiva, Verbitsky buscó encubrir su derrota política y la del propio gobierno argumentando la aparición de nuevas pruebas -cuando, en realidad, la mayoría de ellas eran conocidas desde hace tiempo. Ya contra las cuerdas, el gobierno decidió mandar al freezer el pliego del ascenso de Milani. En cambio, pese a las denuncias en su contra, lo confirmó como jefe del Ejército.

Quiebra del Estado
¿Por qué el mismo Senado que aprobó el ascenso de Milani en 2010 no pudo hacerlo en 2013? La respuesta debe encontrarse en el retroceso del propio kirchnerismo. Cristina Kirchner decidió encumbrar en la máxima jerarquía del Ejército al capo de la inteligencia militar con un propósito definido: armar un servicio de inteligencia paralelo a la ex Side (hoy SI), destinando para ello un fabuloso presupuesto. Motivó esta jugada la creencia de Cristina de que una parte considerable de los espías de la Side trabajan abiertamente para Massa y alimentan, además, las denuncias de corrupción formuladas por la oposición. La propia Carrió, que lleva la delantera en el trabajo de denunciante, afirmó que un sector de la Side se pasó a la oposición como consecuencia de su rechazo al memorando con Irán sobre el atentado de la Amia. O sea que no sólo se bajaron del barco oficial el intendente de Tigre y varios de sus pares del conurbano, más el ex capo de la UIA De Mendiguren y media CGT-Balcarce. También lo hizo un sector fundamental de los servicios de inteligencia. Pero en este caso, el pasaje al post kirchnerismo equivale a una quiebra del aparato del Estado.

Las Fuerzas Armadas
y el régimen político
La propagación de la crisis política al interior de los aparatos de seguridad fue confirmada por el propio César Milani, cuando en su discurso de asunción dijo que su objetivo era que el Ejército sea parte del proyecto “nacional” del kirchnerismo (en un reportaje a Página/12, le agregó el mote de “popular”). De este modo, asistimos a dos movimientos simétricos: por un lado, el pasaje a la oposición de un sector de los aparatos de seguridad y, en respuesta a ello, la pretensión del kirchnerismo de convertir al Ejército en un instrumento del gobierno y no del Estado. Se trata de dos variantes igualmente reaccionarias.

Del lado del oficialismo, la consumación de su objetivo conduce a devolverle al Ejército y a las Fuerzas Armadas el protagonismo político que tuvieron desde el golpe del ’30 en adelante, el cual perdieron como resultado de los crímenes de la dictadura y la derrota de Malvinas en 1982. En los planes oficiales figura, incluso, darle al Ejército un papel central en la “asistencia social”, lo que equivale a establecer una contención social a través de las Fuerzas Armadas cuando crecen la pobreza y la desocupación. También se conocieron planes para llevar al Ejército a ocupar posiciones en las fronteras, tarea que está cargo de la misma Gendarmería que tiene a sus efectivos cumpliendo tareas represivas y de espionaje (Proyecto X) en los centros urbanos.

Cristina Kirchner confirmó plenamente esta caracterización por cadena nacional, cuando -para confirmar a Milani en su puesto -dijo que había que evitar la división de la “sociedad con las Fuerzas Armadas” y afirmó que ese es el objetivo que persiguen “los enemigos de la patria”. En el plan de Cristina está, seguramente, que el Ejército vuelva a desfilar por las calles, como ocurría en la época de Perón. Pero oculta que este protagonismo militar derivó en sucesivos golpes de Estado que instauraron gobiernos pro-imperialistas y antiobreros.

El nacionalismo de contenido burgués, incluidas sus alas de izquierda, vio siempre al Ejército como un eje de su política, mientras simultáneamente buscaba regimentar a la clase obrera por medio del copamiento de los sindicatos por parte de una burocracia afín.

La crisis con Milani también ha sacado a relucir que el gobierno que se precia de ser el defensor de los derechos humanos ha sido el salvoconducto para proteger a los cuadros que actuaron como ejecutores del terrorismo de Estado entre 1976 y 1983. Luego de una década K, los genocidas con sentencia firme no superan los 200. Milani, por lo tanto, no es una excepción sino la regla. La propia actitud del Cels, que ha cambiado de parecer bajo la presión de una denuncia que se extendió a pesar suyo, colocó en cuestión todo el régimen de ascensos militares llevado adelante bajo el kirchnerismo. En efecto: ¿cuántos Milani han sido ascendidos sin que el Cels abriera la boca?

Como suele ocurrir en estos casos, el papel más miserable queda reservado para los progresistas que militan en el campo oficial. Los intelectuales de Carta Abierta dieron su apoyo a Milani horas antes de que el Cels cambiara de posición. Al no ser advertidos, perdieron la oportunidad de callarse la boca. Otro tanto vale para Daniel Filmus, quien, en vez de rechazar el pliego de Milani, decidió renunciar a la Comisión que debía tratarlo, eludiendo su responsabilidad. Con esta actitud, Filmus quedó invalidado como candidato y el gobierno, a la vez, quedó desairado por quien debe representarlo en las elecciones. Como se ve, una crisis completa.

De nuestra parte, exigimos la separación de Milani de su cargo y que sea juzgado por los crímenes que se le imputan. Del mismo modo, planteamos la apertura de los archivos de la dictadura para poder separar de las fuerzas de seguridad a todos aquéllos que fueron parte del terrorismo de Estado. Se trata de una tarea que, por su alcance estratégico, supera a los centroizquierdistas de toda laya y reclama un protagonismo político de la izquierda revolucionaria.